R-DCA-747-2014
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las diez horas del veintidós de octubre de dos mil catorce. -------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Sertracen-G&D en contra del acto de adjudicación
de la Licitación Pública 2014LN-000001-85002, promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones
para la solución para implementar el centro de personalización de documentos de identidad, recaído a
favor del consorcio conformado por Instituto Costarricense de Electricidad-Gobierno Digital y
Oberthur Technologies. -------------------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.-Que la empresa recurrente presentó en fecha 8 de octubre del 2014 ante esta Contraloría General,
recurso de apelación en contra del referido acto de adjudicación.--------------------------------------------------
II.-Que mediante auto de las diez horas del nueve de octubre del dos mil catorce, esta División solicitó el
expediente administrativo de la contratación a la Administración licitante.---------------------------------------
III.-Que mediante oficio N° PROV-1184-2014, recibido en la misma fecha, la Administración licitante
remitió el expediente solicitado.-------------------------------------------------------------------------------
IV.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su
trámite las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias pertinentes. -------------------------------
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes
hechos de interés con vista en el expediente electrónico remitido en forma certificada por medio de disco
compacto: 1) Que en la oferta del apelante se indicó en la respuesta al cartel, en el punto 4.3. Precio del
servicio lo siguiente: “ ...
Fecha publicación: 27/10/2014
Fecha emisión: 22/10/2014
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Año: 2014
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES
T:. (506) 2501 8000 F:. (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
Al oficio No. 11098
Fax: 2287-5723
16 de octubre, 2014
DFOE-PG- 0443
Licenciado
Juan Vicente García Matamoros
Auditor Interno a.i.
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Estimado señor:
Asunto: Consulta en relación con el aporte estatal a los procesos electorales, en el marco
de los fondos públicos.
La Contraloría General de la República se refiere al oficio AI-178-2014, de 20 de agosto de
2014, en el que se solicita el criterio sobre el aporte estatal a los procesos electorales, en el marco
de los fondos públicos.
I. MOTIVO DE LA CONSULTA
El consultante expone que en el contexto de los procesos de fiscalización que esa Auditoría
Interna lleva a cabo, se ha identificado la transferencia a los partidos políticos que participan en los
procesos electorales del país, sean a nivel nacional, provincial y cantonal, de recursos bajo el
concepto de “aporte estatal”.
En ese sentido, señala que el tema del financiamiento partidario se encuentra regulado por el
artículo 96 constitucional, que en lo que interesa señala:
(…) El Estado contribuirá a sufragar los gastos de los partidos políticos de acuerdo
con las siguientes disposiciones (…) Este porcentaje se destinará a cubrir los gastos
que genere la participación de los partidos en esos procesos electorales, y a
satisfacer las necesidades de capacitación y organización política (…) Para recibir el
aporte del Estado, los partidos deberán comprobar sus gastos ante el Tribunal
Supremo de Elecciones (…). (El destacado no es del original).
Además, manifiesta que de la anterior transcripción, en el sistema actual los recursos que el
Estado aporta se destinan a sufragar gastos; es decir, corre ...
Fecha publicación: 27/10/2014
Fecha emisión: 16/10/2014
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2014
Tesauro: Sujetos Privados custodios de fondos públicos
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
Al oficio N° 03701
7 de abril 2014
DCA-1027
Señor
Erick Guzmán Vargas
Secretario General
Tribunal Supremo de Elecciones
Fax: 2287-5840
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo por no requerirse, el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo
de Elecciones y la empresa Mariana’s Catering Services, S.A., para la concesión de
instalaciones públicas para la explotación del servicio de soda en las oficinas centrales del
Tribunal Supremo de Elecciones, derivado de la Licitación Pública No. 2013LN-000006-
85001 y por cuantía inestimable.
Nos referimos a su oficio No. STSE-0627-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, recibido en esta
Contraloría General de la República en la misma fecha, mediante el cual remite para su refrendo, el
contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa Mariana’s Catering Services, S.A.,
para la explotación del servicio de soda en las oficinas centrales del Tribunal Supremo de Elecciones,
derivado de la Licitación Pública No. 2013LN-000006-85001 y por cuantía inestimable.
Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el contrato de mérito sin el
refrendo legal solicitado, por las razones que de seguido se indican.
Como punto de partida es importante señalar, que mediante resolución R-DC-31-2012 del 7 de
marzo del 2012, publicada en el Alcance N°32 a La Gaceta N°55 del 16 de marzo del 2012, y en vigencia a
partir del 16 de abril del mismo año, esta Contraloría General procedió a la modificación del artículo 3 del
Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, variando en esencia la
forma de calcular la cuantía de las contrataciones para efectos de determinar nuestra competencia en fase de
refrendo, y a su vez, en casos de contratos de cuantía inestimable, sujetar este requisito únicamente a ciertas
...
Fecha publicación: 10/04/2014
Fecha emisión: 07/04/2014
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2014
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03434
01 de abril de 2014
DCA-0951
Señor
Erick Guzmán Vargas
Secretario General
Tribunal Supremo de Elecciones
Estimado señor:
Asunto: Se aprueba el contrato suscrito el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa Agencia
Valverde Huertas, S.A., para la contratación de servicios de vigilancia y seguridad privada para
distintas sedes regionales del Tribunal Supremos de Elecciones, por monto anual total de
¢182.759.679.86. (Licitación Pública No. 2013LN-000007-85001).
Nos referimos a su oficio No. STSE-0396-2014, de 20 de febrero de 2014, recibido en este
órgano contralor el mismo día, por medio del cual solicita el refrendo al contrato descrito en el asunto.
Por medio de oficio No. STSE-0600-2014 de 11de marzo del 2014, STSE-0671 del 21 de marzo
y PROV-0400-2014 de 28 de marzo de igual año, la Administración atendió requerimientos de
información adicional formulado por este órgano contralor.
Por disposición del artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, se tiene por acreditado lo siguiente:
1. Certificación de contenido económico No. 34-2014, emitida por el Licenciado Minor Castillo
Bolaños, Subcontador, mediante la cual se indica que en la subpartida 10406 denominada
“Servicios Generales”, del subprograma 850-04 se cuenta con el disponible de ¢369.251.860.07,
para dar contenido económico a la licitación No. 2013LN-000007-85001. (copia a folio 34 del
expediente del refrendo)
2. Estudios técnicos rendidos mediante oficios CSR-798-2013, del 02 de octubre de 2013, y
Memorando SI-130-2013, del 10 de octubre de 2013, donde se indica que la oferta presentada
por Agencia Valverde Huertas, S. A., cumple para brindar el servicio de seguridad en Alajuela,
Cartago, Heredia, Limón, Pérez Zeledón, Puntarenas, San Carlos, Buenos Ai ...
Fecha publicación: 04/04/2014
Fecha emisión: 01/04/2014
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2014
R-DCA-125-2014
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA. San José, a las doce horas del veintiocho de febrero del dos mil catorce.------------------
Recursos de objeción interpuestos por parte de las empresas SERTRACEN, CR Soluciones GLN Sociedad
Anónima y Tarjeta Laser de Costa Rica S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2014LN-
000001-85002 promovida por parte del Tribunal Supremo de Elecciones, para la adquisición de una
“Solución para Implementar un Centro de Personalización de Documentos de Identidad”. -------------------------
I.-POR CUANTO: Que las empresas SERTRACEN, CR Soluciones GLN Sociedad Anónima y Tarjeta Laser
de Costa Rica S.A. presentaron en tiempo y forma, recursos de objeción en contra del cartel de referencia.-----
II.-POR CUANTO: Que esta División mediante auto de las quince con veintitrés minutos del dieciocho de
febrero del dos mil catorce, confirió audiencia especial a la entidad licitante a efecto que se refiriera por escrito
en forma amplia y detallada, a los argumentos expuestos en el recurso, debiendo aportar igualmente copia fiel
y completa del respectivo cartel de la contratación. Dicha audiencia se contestó por medio de los oficios DE-
0490-2014 del 24 de febrero de 2014 y DE-0501-2014 del 25 de febrero del presente año, adjuntando a su vez
copia del cartel. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
III.- POR CUANTO: SOBRE EL FONDO: A) RECURSO INTERPUESTO POR PARTE DE LA
EMPRESA SERTRACEN. 1. Cantidad y características de las tarjetas. La empresa recurrente señala
que el cartel en la sección IV Condiciones Específicas del objeto contractual, punto 4.1.1. Provisión de tarjetas, insumos
y consumibles necesarios, ítem e), indica: “e) El contratista deberá aportar el stock de tarjetas necesario para realizar las
pruebas de personalización de documentos requeridas de previo a la ...
Fecha publicación: 05/03/2014
Fecha emisión: 28/02/2014
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2014
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02095
26 de febrero de 2014
DCA-0510
Señora
Armenia Masís Soto
Directora General a.i.
Tribunal Supremo de Elecciones
Estimada señora:
Asunto: Se otorga autorización para contratar de manera directa con el Consorcio Morpho-
Iafis, la ampliación de la capacidad de almacenamiento del módulo de búsqueda y
concordancia del Sistema Automatizado de Identificación de Huellas, por un monto máximo
de $1.190.000,00 (un millón ciento noventa mil dólares exactos).
Nos referimos al oficio No. DGET-023-2014 del 24 de enero del año en curso, mediante el cual
solicita autorización para contratar en forma directa los servicios en mención.
Mediante oficio DCA-0332 de 07 de febrero del 2014, este órgano contralor requirió información
adicional a la Administración, la cual fue rendida según nota No. DGET-034-2014 de 12 de febrero
anterior.
I. Antecedentes y justificación
Dentro de la información derivada de los documentos que nos fueron remitidos como fundamento de
la solicitud destaca lo siguiente:
1) Que el Tribunal Supremo de Elecciones requiere aumentar la capacidad de almacenamiento
del módulo de búsqueda y concordancia del Sistema Automatizado de Identificación de
Huellas (AFIS) –adquirido al Consorcio Morpho e IAFIS Costa Rica Ltda.-, toda vez que se
proyecta que aproximadamente para el mes de setiembre se podría ver afectada la operación
general de la solución, puesto que se alcanzaría un porcentaje representativo de su límite
máximo de capacidad de almacenamiento en la base de datos y con ello un colapso en
recepción, producción y entrega del documento de identidad.
2) Que la falta de capacidad de almacenamiento, se solventaría con la ampliación del
almacenamiento de la base de datos, mediante la actualización ...
Fecha publicación: 03/03/2014
Fecha emisión: 26/02/2014
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Año: 2014
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12613
13 de diciembre de 2011
DCA-3283
Señor
Erick Guzmán Vargas
Secretario a.i.
Tribunal Supremo de Elecciones
Estimado señor:
Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato celebrado entre el Tribunal Supremo
de Elecciones y SPC Internacional S.A., para la “compra de concentrador de fibra,
enrutadores, tarjeta de 48 puertos y otros, producto de la Licitación Pública 2011LN-
000119-85002, por un monto de $409.119.74.
Nos referimos a su oficio STSE-3418-2011 de fecha y recibo, 29 de noviembre del 2011,
mediante el cual remite para trámite de refrendo, el contrato indicado en el asunto.
El contrato anteriormente citado, es refrendado bajo los siguientes comentarios y
condicionamientos:
I. Antecedentes:
De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes
documentos y aspectos de interés:
1. Que de acuerdo con el acto de adjudicación, del 27 de setiembre del 2011 se adjudicó a SPC
Internacional S.A., las líneas 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la licitación de marras, lo
anterior visible a folios 465 a 457 y la comunicación de dicha adjudicación, se dio mediante
publicación en el Diario Oficial La Gaceta 190 del 4 de octubre del 2011, ver folio 466 del
expediente administrativo.
2. Que con vista en la certificación de contenido presupuestario, visible a folio 471 del expediente
administrativo, emitida por Carlos Umaña Morales, se cuenta con el disponible presupuestario
suficiente, para cubrir las erogaciones que demande la presente contratación.
3. Que de conformidad con lo señalado en el cartel, la empresa adjudicataria, aportó la suma de
¢519.950 por concepto de especies fiscales, (ver entero bancario adjunto al contrato) y por
concepto de garantía de cumplimiento aportó la suma de ¢20.456 (ver folios 469 y 470 del
expediente administr ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2011
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12562
13 de diciembre, 2011
DCA-3278
Señor
Alejandro Bermúdez Mora
Secretario
Tribunal Supremo de Elecciones.
Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato y adenda N° 1 para la Compra de
Servidores de Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre ese
Tribunal y la empresa Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN-
000104-85002).
Estimado señor:
Damos respuesta a sus oficios N° STSE-2913-2011 del 03 de octubre y N° STSE-3228-
2011 del 8 de noviembre del año en curso, mediante los cuales solicita refrendo contralor y
brinda información adicional respecto al contrato y adenda N° 1 para la Compra de Servidores de
Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre esa Administración y la empresa
Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN-000104-85002).
Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación, según lo establecido por el
artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública,
sobre el alcance del análisis del contrato, se devuelve los documentos de mérito debidamente
refrendados, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad
exclusiva del señor Alejandro Bermúdez Mora, en su condición de Secretario del Tribunal
Supremo de Elecciones. En caso de que el señor Bermúdez Mora no resulte competente para
verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda a ejercer el control
sobre los condicionamientos señalados a continuación:
1. Es responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido presupuestario suficiente a
efectos de enfrentar la erogación correspondiente a esta contratación, de conformidad con
2
certificación N° 69 del 14 de noviembre del 2011 ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Año: 2011
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11167
11 de noviembre, 2011
DCA-2975
Señores
Dennis Cascante Hernández
Director General de Estrategia Tecnológica
Francisco Rodríguez Siles
Director Ejecutivo
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Estimados señores:
Asunto: Se deniega autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contratar en forma
directa el uso de licencias de software bajo el sistema Enterprise Agreement, con la
empresa Microsoft representada por MSLI LATAM Inc.
Damos respuesta a su oficio DGET-116-2011 de fecha 19 de setiembre del año en curso,
complementado con los oficios DGET-135-2011 del 11 de octubre y DGET-154-2011 del 18 de
octubre último, mediante el cual solicita la autorización de esta Contraloría General para que el
Tribunal Supremo de Elecciones pueda contratar en forma directa el uso de licencias de software
bajo el sistema Enterprise Agreement, con la empresa Microsoft representada por MSLI LATAM
Inc.
I. Antecedentes:
Mediante el oficio No. 6649 DCA-1977) del 3 de julio del 2008, esta División otorgó una
autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contrata en forma directa el arrendamiento de
licencias de Microsoft, bajo el esquema Enterprise Agreement. Dicha autorización se otorgó por un
plazo máximo de tres años.
El contrato producto de dicha autorización fue refrendado mediante el oficio No. 11677
(DCA-3549) del 5 de noviembre del 2008.
II. Justificaciones de su solicitud:
Como razones dadas para justificar la solicitud, nos indica lo siguiente:
2
Que actualmente el Tribunal Supremo de Elecciones cuenta con un contrato de licenciamiento
de software por volumen denominado Enterpirse Agreement, con la empresa MSLI LATAM Inc,
negociado a través de Microsoft de Centroamérica S.A., lo que ha permitido que la institución
aproveche una serie de condiciones ben ...
Fecha publicación: 13/11/2011
Fecha emisión: 10/11/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Año: 2011
Tesauro: Contrataciones autorizadas por Contraloría General de la República
DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11033
8 de noviembre de 2011
DCA-2928
Licenciado
Alejandro Bermúdez Mora
Secretario
Tribunal Supremo de Elecciones
Fax 2255-0213
Estimado señor:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato número al contrato número 2011-000016-000 para
la Compra de Equipo para Tarjeta de Identidad de Menores (TIM), suscrito entre el Tribunal
Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones – ABM, de la Licitación Publica Nº 2011LN-
000041-85001.
Nos referimos a su oficio número STSE-2928-2011, de fecha 5 de octubre de 2011,
adicionado por medio del oficio nº STSE-3210-2011, mediante los cuales solicita a este órgano
contralor el refrendo al contrato antes indicado, gestión que se ampara en los artículos 184 de la
Constitución Política y en el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional
respectivo al contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las
cuales queda sujeto el presente refrendo.
I.- Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los
aspectos siguientes:
1.-Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado
Carlos A. Umaña Morales, Contador del Tribunal Supremo de Elecciones, de fecha 2 de
noviembre de 2011, por los montos de 136.548.148,00 colones y 7.381.595,00 colones, recibida
en esta división el día 4 de noviembre de 2011, mediante el oficio nº STSE-3210-2011. En este
sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la
acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los
recursos certificados en el objeto de esta contratación (oficio nº STSE-3210-2011 de fecha 4 de
noviembre de 2 ...
Fecha publicación: 11/11/2011
Fecha emisión: 08/11/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Año: 2011